SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL AÑO 2025

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL AÑO 2025

Documentación convocatoria

CONVOCATORIA SUBVENCIÓN ACTIVIDADES 2025

Aprobación de las bases por el Consejo Rector de la Fundación Municipal de Deportes de Valladolid

Documento

Presentación de solicitudes

Forma de presentación

  • (recomendado) Sede electrónica establecida a tal efecto a través de sede electrónica / tramites / AYUDAS Y SUBVENCIONES / SUBVENCIÓN ENTIDAD DEPORTIVA ACT. DEPORTIVA

Enlace a presentación Sede Electrónica

  • Registro General de la Fundación Municipal de Deportes; C/ Joaquín Velasco Martín, 9 - 47014 (Valladolid)Horario registro de lunes a viernes de 9.00h a 14.00h
  • En cualquiera de las Formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazos de presentación

  • El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 7 de marzo 2025.

Documentación a presentar

SOLICITUD SUBVENCIÓN ACTIVIDADES 2025

Presentación justificación subvención

Plazo de Justificación

El plazo de presentación de la justificación tendrá dos fechas según las características, duración
de las actividades/competiciones y tipo de deporte:

      • El 26 de septiembre de 2025 para aquellos clubes de deportes colectivos e individuales que hayan finalizado el grueso de sus competiciones federadas y /o actividades de acuerdo a su solicitud.

      • Para el resto de entidades la fecha de justificación de las actividades/competiciones subvencionadas finalizará el día 28 de noviembre de 2025.

Forma de justificación

*En el apartado de exposición de hechos y motivos indicar “Justificación a la Convocatoria Pública de subvenciones a entidades deportivas para la realización de Actividades Deportivas en el año 2025”

  • Registro General de la Fundación Municipal de Deportes; C/ Joaquín Velasco Martín, 9 - 47014 (Valladolid)Horario registro de lunes a viernes de 9.00h a 14.00h
  • En cualquiera de las Formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

** En la parte cuenta justificativa (anexo X-B) la suma del importe a justificar no debe computarse el impuesto de I.V.A. por lo que debe tenerse en cuenta 

Documentación

JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN ACTIVIDADES 2025

Recomendaciones y requisitos técnicos